infoRETAIL.- El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 781/2013, por el que se establecen normas relativas a la elaboración, composición, etiquetado, presentación y publicidad de los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana, tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado del sábado 12 de octubre.

Entre las novedades destaca la supresión de la posibilidad de añadir azúcar a los zumos, tal y como indica la transposición de la Directiva 2012/12/UE del Parlamento europeo y del Consejo, de 19 de abril de 2012, por la que se modifica la Directiva 2001/112/CE
del Consejo. 

La nueva norma para zumos entrará en vigor simultáneamente el 28 de octubre en todos los Estados miembros de la Unión Europea y a partir de esa fecha se fija un periodo transitorio de 18 meses (hasta el 28 de abril de 2015) en el que los productos elaborados antes de la vigencia de la norma se podrán seguir comercializando para agotar sus stocks.

Entre las novedades que establece el Real Decreto, además de la prohibición definitiva de la adición de azúcar a los zumos, destaca que las mezclas de dos o más zumos se denominarán en orden decreciente en el etiquetado, de acuerdo a la cantidad que contenga de cada uno en el producto; además, se sustituirá definitivamente la denominación legal ‘zumo a base de concentrado’ por ‘zumo a partir de concentrado’.

Por otra parte, la nueva norma autoriza también la reincorporación facultativa de aromas que procedan de la misma especie de fruta en los zumos, zumos a partir de concentrado y néctares. Asimismo, se autoriza el proceso de difusión para la obtención de zumos concentrados en frutas deshidratadas y se reducen ligeramente los grados Brix para los zumos de grosella, guayaba, mango y fruta de la pasión para adaptar sus características a la norma internacional.

Finalmente, el Real Decreto también incluye y legaliza definitivamente el zumo de tomate, reconociendo el carácter de fruta de este producto y autorizando la adición exclusiva para este zumo de sal, especias y hierbas aromáticas. 

Según el presidente de la Asociación Española de Fabricantes de Zumos (Asozumos), Juan Ramón Ugarte, “esta nueva legislación supone y constituye un gran reto, a la vez que una gran oportunidad, tanto para los fabricantes como para los comercializadores y para el sector en general de los zumos en España, como uno de los países líderes y de mayor prestigio a nivel internacional en su producción”. 

Ugarte cree que la nueva normativa “nos obligará a realizar un mayor esfuerzo para destacar como elaboradores de un alimento de la máxima calidad y, en definitiva, una apuesta para la identificación total de los zumos comerciales con la fruta exprimida”.